1. Admisión pregrado
  2. Financiamiento, Matrícula y Pago de Arancel
  3. Financiamiento y matrícula para futuros y futuras estudiantes
  4. Becas de arancel
  5. Beneficio de Arancel Parcial

Beneficio de Arancel Parcial

El objetivo de este beneficio es entregar una opción, a través de exención de un porcentaje del pago del arancel, para aquellos grupos de alumnos que cumpliendo ciertas condiciones, soliciten pago parcial de su arancel, asociado a una carga académica reducida, de manera de que puedan conciliar de mejor forma sus compromisos académicos con su situación extracurricular.


Procedimiento

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Los estudiantes deberán escribir a atencionintegrada@uc.cl o matricula@uc.cl, indicando su nombre y rut.

Requisitos

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Para postular a este beneficio se debe cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Pertenecer a uno de los siguientes grupos:
    • Alumnos que participan del programa PIANE.
      Quienes no hubieren ingresado por la vía de admisión especial para postulantes con necesidades especiales, deben presentar certificado emitido por PIANE que acredite la pertenencia a ese programa.
    • Alumnos en situación especial de salud.
      Los alumnos que se reincorporen a la Universidad después de una suspensión por motivos de salud (física o mental) y requieren reiniciar el semestre con carga reducida por prescripción médica del especialista, deberán presentar certificado emitido por su médico tratante externo.

      Aquellos alumnos con suspensión por motivos de salud indefinida o transitoria (1 o 2 semestres) con evaluación de reintegro, deberán presentar un informe de carga académica reducida emitido por el Servicio de Salud Estudiantil. Esta medida rige solo cuando se acepta el reintegro, estableciéndose con antelación a la toma de ramos y para el semestre que se reincorpora.

    • Deportistas de Elite que cumplan con los siguientes requisitos:
        • Seleccionados chilenos en categoría adulto, juvenil o paralímpico o que tengan logros significativos y participación en competencias fundamentales u otras que el Comité Técnico de Deportes de la Universidad considere relevante  (Juegos olímpicos, panamericanos, sudamericanos, mundial de especialidad, Universiadas, entre otros).
        • Practicar deportes reconocidos oficialmente por algunos de los siguientes entes:
          – Comité Olímpico Internacional (COI).
          – Comité Olímpico Chileno (COCH).
          – Federación Internacional de Deportes Universitarios (FISU).
        • Practicar disciplinas deportivas desarrolladas a través del canal competitivo universitario chileno en los cuales la Universidad tenga una selección formal y estar participando en sus instancias preparativas y competitivas correspondientes.
    • Presentar certificado emitido por la Dirección de Deportes
    • Madres, padres o tutores legales que demuestren tener el cuidado personal de un menor de edad inferior a 12 años..
      Presentar certificado de nacimiento y documento del tribunal que acredite tuición legal, en caso que corresponda.
    • Curadores de menores adultos o de personas mayores de edad que tengan su cuidado personal en virtud de la ley
    • Representantes estudiantiles a nivel central que sean miembros de la directiva de la Federación de Estudiantes (FEUC) o el Consejero Superior.
      Presentar certificado emitido por la Dirección de Asuntos Estudiantiles.
  2. Tener como máximo 25 créditos inscritos.
  3. No ser sujeto de becas estatales que cubran el 100% del arancel de referencia o real, ni ser beneficiario de Gratuidad.
    En  caso de tener otros beneficios de arancel, deberá adjuntar certificado que acredite entrevista con la asistente social producto de esta postulación.
  4. No tener deudas con la Universidad.

Calendario

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Las fechas para presentar la solicitud son las siguientes:

  • Primer semestre  FlechaAzul  hasta 30 de marzo.*
  • Segundo semestre  FlechaAzul  hasta el 31 de agosto.*

* Fechas sujetas a actualización por el Departamento de Matrícula.

Otras consideraciones

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  • Este beneficio es incompatible con otros beneficios de rebaja de arancel.
  • En caso de haber hecho uso del beneficio en más de una ocasión, deberá tener una autorización de Dirección de Asuntos Estudiantiles.
  • La Universidad podrá determinar anualmente un número máximo de alumnos que puedan acceder a este beneficio.
  • Sólo es aplicable para períodos académicos ordinarios (excluye TAV).

Monto del beneficio

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  • De un 50% del arancel semestral, si alumno tiene inscrito un máximo de 25 créditos  en el semestre respectivo (o su equivalente en créditos SCT).
  • De un 75% del arancel semestral, si alumno tiene inscrito un máximo de 15 créditos  en el semestre respectivo (o su equivalente en créditos SCT).

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