1. Admisión pregrado
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Suspensión de beneficios estatales

SEGUNDO SEMESTRE 2024

Si cuentas con beneficios estatales de arancel (Becas o Gratuidad), puedes suspender tu beneficio una vez que cuentes con la suspensión o anulación académica debidamente cursadas según los canales y fechas correspondientes


Casos de suspensión

1. Estudiantes que cuentan con Gratuidad y este es el primer o segundo semestre que suspenden

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Si tu suspensión académica es aprobada antes del 30 de septiembre de 2024, no debes enviar formulario o documentos de respaldo, ya que la Universidad informará a MINEDUC internamente.

2. Estudiantes con Gratuidad que hayan suspendido más de dos semestres desde que cuentan con su beneficio

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Para quienes cuenten con Gratuidad, en caso que las suspensiones totales desde el año de asignación del beneficio a la fecha sean superiores a 2 semestres académicos (no necesariamente consecutivos), deberán presentar obligatoriamente los documentos de respaldo requeridos según el motivo de suspensión. Para este beneficio, en ningún caso deberá presentar el formulario de suspensión.

Los documentos de respaldo exigidos por MINEDUC y que deberás enviar en formato PDF los podrás revisar en Documentos de respaldo (ver enlace).

Deberás escribir a dase@uc.cl con tu nombre y rut para recibir las indicaciones de envío de documentos.

3. Estudiantes que cuentan con Becas Estatales y este es el primer o segundo semestre que suspenden

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Deberás descargar y completar en este enlace el Formulario de solicitud de Suspensión de Beneficios Estatales, indicando el motivo de la suspensión del beneficio y el semestre a suspender.

Deberás escribir a dase@uc.cl con tu nombre y rut para recibir las indicaciones de envío de documentos, antes del 30 de septiembre.

4. Estudiantes con Becas Estatales, que hayan suspendido más de dos semestres desde que cuentan con su beneficio

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Para quienes cuenten con Becas Estatales, a excepción de Gratuidad, en caso que las suspensiones totales desde el año de asignación del beneficio a la fecha sean superiores a 2 semestres académicos (no necesariamente consecutivos), es obligatorio enviar documentos de respaldo requeridos según el motivo de suspensión. Además del formulario de suspensión.

Deberás descargar y completar el Formulario de solicitud de Suspensión de Beneficios Estatales (ver enlace), indicando el motivo de la suspensión del beneficio y el semestre a suspender. Debe ser enviado en formato PDF y debidamente firmado por el o la estudiante.

Los documentos de respaldo exigidos por MINEDUC y que deberás enviar en formato PDF los podrás revisar en Documentos de respaldo (ver enlace).

Deberás escribir a dase@uc.cl con tu nombre y rut para recibir las indicaciones de envío de documentos antes del 30 de septiembre.

5. Estudiantes que poseen Becas de Mantención de JUNAEB (NO BAES)

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Si además de contar con beneficios de arancel, cuentas con becas de Mantención JUNAEB (NO BAES) tales como los que se indican en el LISTADO DE BECAS JUNAEB EDUCACIÓN SUPERIOR deberán seguir las siguientes indicaciones:

Una vez cuente con la suspensión, anulación o renuncia académica debidamente gestionada y aprobada según los canales y fechas correspondientes, deben:

Descargar, completar, firmar por el estudiante y enviar en formato PDF el Anexo control programático solicitud de suspensión 2024 al correo dase@uc.cl, con el asunto: SUSPENSIÓN (indicar beca y semestre suspendido) – RUT, en el cuerpo del correo debe indicar su nombre y RUT.

IMPORTANTE

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La solicitud de suspensiones por derecho propio y por salud, las anulaciones y/o renuncias académicas tienen fechas y procesos autónomos que se pueden consultar en el calendario académico del año. Este informativo se refiere exclusivamente al proceso de solicitud de suspensión de beneficios estatales.

Si cuentas con Fondo Solidario o Crédito con Aval del Estado, no debes presentar formulario, ni documentación de respaldo.

Otras consultas al email  dase@uc.cl indicando tu nombre y rut.